(983)129 17 65

Armonización

En cumplimiento del Art. 56 del Título Quinto de la LGCG que establece:La generación y publicación de la información financiera de los entes públicos a que se refiere este Título, se hará conforme a las normas, estructura, formatos y contenido de la información, que para tal efecto establezca el consejo y difundirse en la página de Internet del respectivo ente público.

Dicha información podrá complementar la que otros ordenamientos jurídicos aplicables ya disponen en este ámbito para presentarse en informes periódicos y en las cuentas públicas. Asimismo, la información se difundirá en los medios oficiales de difusión en términos de las disposiciones aplicables.

Información Título V de la Ley General de Contabilidad Gubernamental

I .- Obligaciones de la SGCG y Normas emitidas por el CONAC

1 Norma para armonizar la presentación de la información adicional a la iniciativa de la Ley de Ingresos

Descripción

Norma para armonizar la presentación de la información adicional a la iniciativa de la ley de ingresos.

Ámbito de aplicación

Las siguientes disposiciones serán de observancia obligatoria para la Federación, entidades federativas y los municipios y en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

Fundamento

Con fundamento en los artículos 9, fracciones I y IX, 14 y 61, fracción I, último párrafo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2012 se emite la:

Norma

La iniciativa de la Ley de ingresos se presentará atendiendo a lo dispuesto por el artículo 61 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y el Clasificador por Rubros de Ingresos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Diciembre de 2009. Para el caso de la Federación la información a que se refiere esta norma se realizará de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Periodicidad de Publicación

Anual

Información Financiera, Fiscal y Presupuestal

NO APLICA

2 Norma para armonizar la presentación de la información adicional del Proyecto del Presupuesto de Egresos.

Descripción

Norma para armonizar la presentación de la información adicional del Proyecto del Presupuesto de Egresos.

Ámbito de aplicación

Las presentes disposiciones serán de observancia obligatoria para la Federación, las entidades federativas, los municipios, y en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

Fundamento

Con fundamento en los artículos 9, fracciones I y IX, 14 y 61, fracción II, último párrafo, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2012 se emite la:

Norma

El Proyecto del Presupuesto de Egresos atendiendo lo dispuesto por el artículo 61 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, con la apertura del Clasificador por Objeto de Gasto, Clasificación Administrativa, Clasificación Funcional, Clasificación por Tipo de Gasto, vigentes a la fecha.
Para el caso de la Federación la información a que se refiere esta norma se realizará de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Periodicidad de Publicación

Anual

Entes Públicos Obligados

Poder Ejecutivo y Municipios

Estatus

Aplica

Información Financiera, Fiscal y Presupuestal

NO APLICA

3 Norma para la difusión a la ciudadanía de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos.

Descripción

Norma para la difusión a la ciudadania de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos.

Ámbito de aplicación

Las presentes disposiciones serán de observancia obligatoria para la Federación, las entidades federativas, los municipios, y en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

Fundamento

Con fundamento en los artículos 9, fracciones I y IX, 14 y 62 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2012 se emite la:

Norma

En apego al artículo 62 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los entes obligados elaborarán y difundirán en sus respectivas páginas de Internet documentos dirigidos a la ciudadanía que expliquen, de manera sencilla y en formatos accesibles la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos.

Periodicidad de Publicación

Anual

Entes Públicos Obligados

Poder Ejecutivo y Municipios

Estatus

Aplica

Información Financiera, Fiscal y Presupuestal

NO APLICA

4 Norma para establecer la estructura del Calendario de Ingresos base mensual.

Descripción

Norma para establecer la estructura del Calendario de Ingresos base mensual.

Ámbito de aplicación

Las presentes disposiciones serán de observancia obligatoria para: las secretarías de finanzas o sus equivalentes de las entidades federativas, así como las tesorerías de los municipios.

Fundamento

Con fundamento en los artículos 9, fracciones I y IX, 14 y 66, segundo párrafo, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2012 se emite la:

Norma

En apego al artículo 66 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las secretarías de finanzas o sus equivalentes de las entidades federativas, así como las tesorerías de los municipios deberán publicar en Internet, los calendarios de ingresos con base mensual, en los formatos y plazos que determine el Consejo Nacional de Armonización Contable. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicará en el Diario Oficial de la Federación los Calendarios de Ingresos con base mensual en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Periodicidad de Publicación

Último día de enero

Entes Públicos Obligados

Todos los Entes Públicos

Estatus

Aplica

Información Financiera, Fiscal y Presupuestal

 

Norma para establecer la estructura del Calendario de Ingresos base mensual.

5 Norma para establecer la estructura del Calendario del Presupuesto de Egresos base mensual.

Descripción

Norma para establecer la estructura del Calendario del Presupuesto de Egresos base mensual.

Ámbito de aplicación

Las presentes disposiciones serán de observancia obligatoria para: las secretarías de finanzas o sus equivalentes de las entidades federativas, así como las tesorerías de los municipios.

Fundamento

Con fundamento en los artículos 9, fracciones I y IX, 14 y 66, segundo párrafo, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2012 se emite la:

Norma

En apego al artículo 66 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las secretarías de finanzas o sus equivalentes de las entidades federativas, así como las tesorerías de los municipios deberán publicar en Internet, los calendarios de presupuesto de egresos con base mensual, en los formatos y plazos que determine el Consejo Nacional de Armonización Contable. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicará en el Diario Oficial de la Federación los Calendarios de Presupuesto de Egresos con base mensual en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Periodicidad de Publicación

Último día de enero

Entes Públicos Obligados

Todos los Entes Públicos

Estatus

Aplica

Información Financiera, Fiscal y Presupuestal

6 Norma para establecer la estructura de información de montos pagados por ayudas y subsidios.

 

Descripción

Norma para establecer la estructura de información de montos
pagados por ayudas y subsidios.

Ámbito de aplicación

Las presentes disposiciones son de observancia obligatoria para
los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades federativas; entes autónomos de la
Federación y de las entidades federativas; ayuntamientos de los municipios; órganos político-administrativos de las
demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean
federales, estatales o municipales..

Fundamento

Con fundamento en los artículos 9, fracciones I, IX y XIV, 14 y
67, último párrafo, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y Cuarto Transitorio del Decreto por el que se
reforma y adiciona la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para transparentar y armonizar la información
financiera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2012 se emite la:

Norma

En apego al artículo 67 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los entes obligados publicarán en Internet la información sobre los montos pagados durante el periodo
por concepto de ayudas y subsidios a los sectores económicos y sociales.

Periodicidad de Publicación

Trimestral

Entes Públicos Obligados

Entes Públicos que eroguen por conceptos de ayudas y subsidios a
los sectores económicos y sociales.

Estatus

Aplica

Información Financiera, Fiscal y
Presupuestal

Montos pagados por ayudas y subsidios.

2024

Primer Trimestre
(Ene-Mar)

Montos pagados por ayudas y subsidios.

Segundo Trimestre
(Abr-Jun)

Montos pagados por ayudas y subsidios.

Tercer Trimestre
(Jul-Sep)

Montos pagados por ayudas y subsidios.

Cuarto Trimestre
(Oct-Dic)

Montos pagados por ayudas y subsidios.

2023

2023

Primer Trimestre (Ene-Mar)

Montos pagados por ayudas y subsidios.

Segundo Trimestre (Abr-Jun)

Montos pagados por ayudas y subsidios.

Tercer Trimestre (Jul-Sep)

Montos pagados por ayudas y subsidios.

Cuarto Trimestre (Oct-Dic)

Montos pagados por ayudas y subsidios.

 

 2022

1er Trimestre Enero
Febrero

Marzo

2do
Trimestre
Abril
Mayo
Junio
3er Trimestre Julio
Agosto
Septiembre
4to Trimestre Octubre
Noviembre
Diciembre

 2019

1er Trimestre Enero
Febrero

Marzo

2do
Trimestre
Abril
Mayo
Junio
3er Trimestre Julio
Agosto
Septiembre
4to Trimestre Octubre
Noviembre
Diciembre

 2018

1er Trimestre Enero
Febrero

Marzo

2do
Trimestre
Abril
Mayo
Junio
3er Trimestre Julio
Agosto
Septiembre
4to Trimestre Octubre
Noviembre
Diciembre

7 Norma para establecer la estructura de información del formato de programas con recursos federales por orden de gobierno.

Descripción

Norma para establecer la estructura de información del formato de programas con recursos federales por orden de gobierno.

Ámbito de aplicación

Las presentes disposiciones serán de observancia obligatoria para las entidades federativas y en su caso, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

Fundamento

Con fundamento en los artículos 9, fracciones I y IX, 14 y 68, último párrafo, de la último párrafo, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2012 se emite la:

Norma

En apego al artículo 68 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental en los programas en que concurran recursos federales, de las entidades federativas y, en su caso, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, se harán las anotaciones respectivas identificando el monto correspondiente a cada orden de gobierno.

Periodicidad de Publicación

Trimestral

Entes Públicos Obligados

Entes Públicos con programas en que concurran recursos federales.

Estatus

Aplica

Información Financiera, Fiscal y Presupuestal

Norma para Establecer la Estructura de Información del Formato de Programas con Recursos Federales por Orden de Gobierno.

8 Norma para establecer la estructura de información de la relación de las cuentas bancarias productivas específicas que se presentan en la cuenta pública, en las cuales se depositen los recursos federales transferidos.

Descripción

Norma para establecer la estructura de información de la relación de las cuentas bancarias productivas específicas que se presentan en la cuenta pública, en las cuales se depositen los recursos federales transferidos.

Ámbito de aplicación

Las presentes disposiciones serán de observancia obligatoria para los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

Fundamento

Con fundamento en los artículos 9, fracciones I y IX, 14 y 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2012 se emite la:

Norma

En apego al artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para la presentación de la información financiera y la cuenta pública los entes obligados incluirán la relación de las cuentas bancarias productivas específicas, en las cuales se depositaron los recursos federales transferidos, por cualquier concepto, durante el ejercicio fiscal correspondiente.

Periodicidad de Publicación

Anual, de acuerdo a la cuenta pública.

Entes Públicos Obligados

Entes Públicos con cuentas bancarias productivas, en las cuales se depositen los recursos federales transferidos.

Estatus

Aplica

9 Norma para establecer la estructura de la información que las entidades federativas deberán presentar relativa a las aportaciones federales en materia de salud y los formatos de presentación.
10 Norma para establecer la estructura de información del formato de aplicación de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN).
11 Norma y modelo de estructura relativa a los Fondos de Ayuda Federal para la Seguridad Pública.
12 Norma para establecer la estructura de los formatos de información de obligaciones pagadas o garantizadas con fondos federales.
13 Norma para establecer el formato para la difusión de los resultados de las evaluaciones de los recursos federales ministrados a las entidades federativas.

Descripción

Norma para establecer la estructura de información del formato del ejercicio y destino de gasto federalizado y reintegros.

Ámbito de aplicación

Las presentes disposiciones serán de observancia obligatoria para las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

Fundamento

Con fundamento en los artículos 9, fracciones I y IX, 14 y 81 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2012 se emite la:

Norma

De conformidad al artículo 81 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la información respecto al ejercicio y destino del gasto federalizado, así como respecto al reintegro de los recursos federales no devengados por los entes obligados, para efectos de los informes trimestrales y la cuenta pública, deberá presentarse en los formatos aprobados por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Periodicidad de Publicación

Trimestral y anual.

Entes Públicos Obligados

Entes Públicos con programas en que concurran recursos federales

Estatus

Aplica

Información Financiera, Fiscal y Presupuestal

14 Norma para establecer la estructura de la información que las entidades federativasdeberán presentar respecto de las aportaciones federales de los fondos de Aportaciones para la Educación Básica y Normal y de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos, y los formatos de presentación.
15 Norma para establecer el formato para la difusión de los resultados de las evaluaciones de los recursos federales ministrados a las entidades federativas.
16 Artículo 27 de la LGCG.- Los entes públicos deberán llevar a cabo el levantamiento físico del inventario de los bienes a que se refiere el artículo 23 de esta Ley. Dicho inventario deberá estar debidamente conciliado con el registro contable. En el caso de los bienes inmuebles , no podrá establecerse un valor inferior al catastral que le corresponda. Los entes públicos contarán con un plazo de 30 días hábiles para incluir en el inventario físico los bienes que adquieran. Los entes públicos publicarán el inventario de sus bienes a través de internet, el cual deberán actualizar, por lo menos, cada seis mese. Los municipios podrán recurrir a otros medios de publicación, distintos al internet, cuando este servicio no esté disponible, siempre y cuando sean de acceso público.

Descripción

Artículo 27 de la LGCG.- Los entes públicos deberán llevar a cabo el levantamiento físico del inventario de los bienes a que se refiere el artículo 23 de esta Ley.

Ámbito de aplicación

Las presentes disposiciones son de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades federativas; entes autónomos de la Federación y de las entidades federativas; ayuntamientos de los municipios; órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales.

Fundamento

Artículo 27 de la LGCG.

Norma

Periodicidad de Publicación

Semestral

Entes Públicos Obligados

Todos los Entes Públicos

Estatus

Aplica

Información Financiera, Fiscal y Presupuestal

 

Relación de Bienes Inmuebles que Componen el Patrimonio

2024

Primer Semestre

Segundo Semestre

2023

Primer Semestre

Segundo Semestre

 

Relación de Bienes Muebles que Componen el Patrimonio

2024

Primer Semestre

Segundo Semestre

2023

Primer Semestre

Segundo Semestre

2022

Primer Semestre

Segundo Semestre

2021

Primer Semestre

Segundo Semestre

2020

Primer Semestre

Segundo Semestre

2019

Primer Semestre

Segundo Semestre

  

Libro Inventarios de Bienes Inmuebles

2024

Primer Semestre

Segundo Semestre

2023

Primer Semestre

Segundo Semestre

 

 

 

Libro Inventarios de Bienes Muebles

2024

Primer Semestre

Segundo Semestre

2023

Primer Semestre

Segundo Semestre

2022

Primer Semestre

Segundo Semestre

2021

Primer Semestre

Segundo Semestre

2020

Primer Semestre

Segundo Semestre

2019

Primer Semestre

Segundo Semestre

 

 

 

 

Inventarios actualizados

2019

Primer Semestre

Segundo Semestre

2018

Primer Semestre

2018 – 2 Segundo Semestre

2017

 

 

2016

2016 – 2 2016 – 3

2016 – 4 |

2015

 

Enlace

2014

 

Enlace

2013

 

Enlace

2012

 

Enlace

2011

 

Enlace

17 Artículo 51 de la LGCG.- La información financiera que generen los entes públicos en cumplimiento de esta Ley será organizada, sistematizada y difundida por cada uno de éstos, al menos, trimestralmente en sus respectivas páginas electrónicas de internet,a más tardar 30 días después del cierre del período que corresponda, en términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en su caso, de los criterios que emita el consejo. La difusión de la información vía internet no exime los informes que deben presentarse ante el Congreso de la Unión y las legislaturas locales, según sea el caso. Cuarto Transitorio de la LGCG (antes de la reforma) Fracción III. Publicar información contable, presupuestaria y programática, en sus respectivas páginas de internet, para consulta de la población en general, a mástardar, el 31 de diciembre de 2012.
18 "Cuarto Transitorio de la LGCG (antes de la reforma) Fracción IV. Emitir las cuentas públicas conforme a la estructura establecida en los artículos 53 y 54, así como publicarlas para consulta de la población en general, a partir del inicio del ejercicio correspondiente al año 2012. Nota: Ver Acuerdo 1 aprobado por el Consejo de Armonización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013, en donde determinan el nuevo plazo para la EMISIÓN de Cuentas Públicas en los términos acordados por el Consejo Las Entidades Federativasy sus respectivos entes públicos para la Cuenta Pública correspondientea 2014 y Los Municipiosy sus entes públicos para la Cuenta Pública correspondiente a 2015"

XVIII.  CUENTA PÚBLICA

CUENTA PÚBLICA

AÑO

ENLACE

2014

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2019

Ejercicio Fiscal 2019

2020

Ejercicio Fiscal 2020

2021

Ejercicio Fiscal 2021

2022

Ejercicio Fiscal 2022

2023

Ejercicio Fiscal 2023

2024

Ejercicio Fiscal 2024

19 Términos y condiciones para la distribución del fondo previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2013, para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas y a los municipios para la capacitación y profesionalización, así como para la modernización de tecnologías de la información y comunicaciones.

Publicación: 7 de Noviembre 2013

20 ACUERDO por el que se modifica el acuerdo del 27 de febrero de 2013 sobre los Términos y condiciones para la distribución del fondo previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2013, para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas y a los municipios para la capacitación y profesionalización, así como para la modernización de tecnologías de la información y comunicaciones.

Publicación: 7 de Noviembre 2013

21 ACUERDO por el que se aprueba que el Presidente y el Secretario Técnico del CONAC, conjunta o separadamente, celebren los convenios necesarios, con autoridades estatales, consejos estatales de armonización contable, entidades de fiscalización locales, la Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental A. C., la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación, la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación, entre otros, a fin de coadyuvar en el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los Acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Publicación: 7 de Noviembre 2013

23 Programas y proyectos de inversión

2024

Primer Trimestre (Ene-Mar)

Programas y proyectos de inversión

Segundo Trimestre (Abr-Jun)

Programas y proyectos de inversión

Tercer Trimestre (Jul-Sep)

Programas y proyectos de inversión

Cuarto Trimestre (Oct-Dic)

Programas y proyectos de inversión

2023

Primer Trimestre (Ene-Mar)

Programas y proyectos de inversión

Segundo Trimestre (Abr-Jun)

Programas y proyectos de inversión

Tercer Trimestre (Jul-Sep)

Programas y proyectos de inversión

Cuarto Trimestre (Oct-Dic)

Programas y proyectos de inversión

 2019

1er Trimestre Enero
Febrero

Marzo

2do Trimestre Abril
Mayo
Junio
3er Trimestre Julio
Agosto
Septiembre
4to Trimestre Octubre
Noviembre
Diciembre

 2018

1er Trimestre Enero
Febrero

Marzo

2do Trimestre Abril
Mayo
Junio
3er Trimestre Julio
Agosto
Septiembre
4to Trimestre Octubre
Noviembre
Diciembre

II .- Normatividad emitida por el CONAC Implementado en la UTChetumal

Normatividad en Armonización Contable de la Universidad Tecnológica de Chetumal

III.- Adopción normativa 2013

1

Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental

2

Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental

3

Clasificador por Rubros de Ingresos

4

Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos

5

Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos

6

Lineamientos sobre los indicadores para medir los avances físicos y financieros relacionados con los recursos públicos federales

7

Clasificador por Tipo de Gasto

8

Clasificación Funcional del Gasto

9

Clasificador por Objeto del Gasto

10

Manual de Contabilidad Gubernamental

 

 10.1

Plan de Cuentas

 

 10.2

Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas

 

 10.3

Matrices de Conversión

11

Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio (Elementos Generales)

12

Marco Metodológico sobre la forma y términos en que deberá orientarse el desarrollo del análisis de los componentes de las finanzas públicas con relación a los objetivos y prioridades que, en la materia, establezca la planeación del desarrollo, para su integración en la Cuenta Pública

13

Lineamientos Mínimos relativos al Diseño e Integración del Registro en los Libros Diario, Mayor e Inventarios y Balances (Registro Electrónico)

 

 13.1

Libro Diario

 

 13.2

Libro Mayor

 

 13.3

Libro de Inventarios, Almacén y Balances

 

 13.4

Libro de Inventarios de Materias Primas, Materiales y Suministros para Producción

 

 13.5

Libro de Almacén de Materiales y Suministros de Consumo

 

 13.6

Libro Inventarios de Bienes Muebles e Inmuebles

 

 13.7

Libro de Balances

 

 13.8

Libros Auxiliares Analíticos

14

Clasificación Administrativa

15

Clasificación Económica de los Ingresos, de los Gastos y del Financiamiento de los Entes Públicos

16

Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes que permita la interrelación automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas

17

Lineamientos Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con Menos de Veinticinco Mil Habitantes

18

Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de los Entes Públicos

19

Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio

20

Lineamientos para la elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que permita la interrelación automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas

21

Lineamientos para el registro auxiliar sujeto a inventario de bienes arqueológicos, artísticos e históricos bajo custodia de los entes públicos

22

Parámetros de Estimación de Vida Útil

23

Lineamientos que deberán observar los entes públicos para registrar en las cuentas de activo los fideicomisos sin estructura orgánica y contratos análogos, incluyendo mandatos

24

Plan de Cuentas que formará parte del Manual de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con Menos de 25 Mil Habitantes

25

Clasificador por Fuentes de Financiamiento

26

Mejoras a los documentos aprobados por el Consejo Nacional de Armonización Contable